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Nacional

Fin a la condena contra el coronel Plazas Vega

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Una de las grandes injusticias de la justicia colombiana tuvo lugar con el coronel Plazas Vega. Ahora queda claro porqué, Sencillamente no había pruebas y los testigos fue claro posteriormente que eran falsos, el suboficial que más lo acusó tuvo que retractarse después de muchas versiones contradictorias. Es una página de nuestra historia manchada por lo impensable pero que ahora le reconocer al Coronel su equivocación Enhorabuena señor coronel usted seguirá siendo un héroe para la historia. Saeta El coronel Luis Alfonso Plazas Vega no permanecerá un segundo más en el Cantón Norte de Bogotá. Su reclusión ha terminado. Estuvo ocho años y cinco meses en prisión por su supuesta responsabilidad en las desapariciones de Carlos Rodríguez, administrador de la cafetería del Palacio de Justicia, e Irma Franco, guerrillera del M-19. Un Juez de Bogotá lo condenó en primera instancia, decisión que confirmó un Tribunal Superior. Ayer la Corte Suprema de Justicia desvirtuó estos fallos y absolvió al coronel por las desapariciones ocurridas durante la toma y recuperación del Palacio de Justicia, en 1985. En un fallo de 358 páginas, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia expuso las razones que llevaron a los magistrados a absolver al coronel Plazas Vega. La votación quedó 5-3. Los magistrados que votaron a favor de la absolución fueron José Luis Barceló, Fernando Alberto Castro, Eugenio Fernández, Gustavo Enrique Malo Fernández y Luis Guillermo Salazar, magistrado ponente. Patricia Salazar, Eyder Patiño y José Leonidas Bustos presentaron salvamento de voto. La pena de 30 años de prisión que había impuesto el Tribunal Superior de Bogotá contra Plazas Vega quedó sin efecto por inconsistencias en las pruebas judiciales. Así lo explicó la Corte Suprema de Justicia: “A la decisión se llegó después de prolongados debates en los cuales se examinó y analizó detenidamente la prueba legal (…) concluyendo la mayoría de los miembros de la Sala que ella no ofrece el grado de certeza suficiente sobre la responsabilidad penal del acusado”. Las principales inconsistencias se presentaron en las declaraciones de las siguientes personas: Édgar Villamizar Espinel (exmilitar), César Sánchez Cuesta (entonces trabajador de la Alcaldía de Bogotá), Tirso Sáenz Acero (cabo segundo del Ejército) y Yolanda Santodomingo (estudiante del Externado, torturada por militares). De acuerdo con los magistrados de la Corte Suprema, los testimonios “no brindan credibilidad para fundar en ellas una decisión”. En el caso de Edgar Villamizar Espinel, la Corte analizó el tiempo que transcurrió hasta que dio su declaración. Los hechos se presentaron entre el 6 y 7 de noviembre de 1985 y la declaración fue presentada el 1 de agosto de 2007, 21 años después de la toma del Palacio. Esta declaración, dijo la Corte, “suscitó gran inquietud, en cuanto ninguna explicación atendible surge para que hubiese permanecido en silencio por espacio de tan prolongado lapso, y luego concurra a rendir un testimonio plagado de inexactitudes”. Otra precisión de la Corte: “Plazas Vega no cumplió labores de inteligencia en la Casa del Florero”, lugar al que fueron llevados la mayoría de los 350 rehenes del Palacio. Según la Corte, ellos “quedaron a disposición del B2 de la Brigada XIII, de modo que la identificación de las personas, su calificación de especiales (guerrilleros) y la remisión a otras unidades no era labor del procesado”.

El fallo de la Cidh

El 10 de diciembre de 2014, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) falló en contra del Gobierno colombiano por la toma del Palacio de Justicia. Según el organismo internacional, hubo agentes estatales que fueron responsables en la desaparición de Irma Franco, Carlos Augusto Rodríguez, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Luz Mary Portela León, Lucy Amparo Oviedo Bonilla y Gloria Anzola de Lanao. La Corte Suprema tuvo en cuenta este fallo pero no vio ninguna relación directa con la labor del coronel Plazas Vega: “El organismo internacional acepta el reconocimiento parcial de responsabilidad efectuado por el Estado colombiano y declara que es responsable por la desaparición forzada de Carlos Augusto Rodríguez Vera e Irma Franco Pineda entre otras personas, pero no hace ningún juicio respecto de alguien determinado”. La Corte aclaró que la sentencia no impide el avance de otros procesos penales “por la operación militar de retoma del Palacio de Justicia”. Y agregó que los hechos que se presentaron los días 6 y 7 de noviembre de 1985 no fueron “ materia de investigación y juzgamiento”, pues se trataba solamente de determinar la responsabilidad del coronel Plazas Vega en dos desapariciones.La primera declaración Desde el cantón Norte de Bogotá, el coronel Plazas Vega dijo sus primeras palabras después de ser notificado sobre su absolución: “Tengo que agradecerle a Dios que me ha dado la fortaleza para permanecer ocho años y cinco meses incólume, con la fortaleza moral que debe acompañar a un soldado de la República. Tengo que agradecerle a mi señora Thania, que ha estado desde el primer instante a mi lado, a mis hijos, que desde el exilio me han estado acompañando y dando ánimo. A mis nietos que lamentablemente no he podido disfrutar de su compañía. El día de mañana van a saber que su padre luchó por Colombia, que su padre sufrió por Colombia, que su padre finalmente recibió la absolución de una Corte Suprema de Justicia, que hizo un fallo y tomó una decisión ajustada a la realidad, a la Constitución y a las leyes de la República”. Fuente: El Colombiano]]>

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